En el modelo 111 y en el modelo 190 se declaran a la Agencia Tributaria, los rendimientos del trabajo y de actividades económicas de la empresa.
El modelo 111 se presenta trimestralmente en las siguientes fechas:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril (ambos incluidos).
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio (ambos incluidos).
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre (ambos incluidos).
- Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero del siguiente año (ambos incluidos).
Si tu empresa realiza presentaciones mensuales, los días de presentación serán los 20 primeros días naturales del mes siguiente al de finalización del periodo de liquidación mensual.
El modelo 190 es el resumen anual de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas de la empresa.
Su presentación debe realizarse del 1 al 31 de enero del ejercicio siguiente al que se está declarando (ambos incluidos).
En los casos en los que el día último del plazo de presentación sea sábado, domingo o festivo, el último día de presentación será el siguiente día hábil.
A continuación puedes ver un vídeo de ayuda de nuestro canal de YouTube.
Asimismo, se detalla los principales aspectos a tener en cuenta en el cálculo de estas declaraciones.
- Cálculo del modelo 111 y del modelo 190
- Rendimientos dinerarios del trabajo
- Presentación del modelo 111 y del modelo 190 en la Agencia Tributaria
Cálculo del Modelo 111 y del Modelo 190
Para calcular el modelo 111 y el modelo 190, dirígete a la solapa Informes > desplegable Impuestos > opción Mod 111/190 Retenciones trabajo.
TS Delsol Reviso permite emitir el modelo 111 y el modelo 190 sin haber contabilizado todos los asientos. Solo tendrás que marcar la opción Incluir asientos no contabilizados (asientos en borrador), trasladándose todos los registros.
Introduce el año y el periodo que desees visualizar en el informe.
Dependiendo el Periodo seleccionado, podrás emitir un modelo u otro.
- Modelo 111: filtra por el mes o trimestre para realizar su cálculo.
- Modelo 190: añade la opción Anual, para realizar su cálculo.
Una vez seleccionado el periodo a presentar, al aceptar la ventana, se mostrarán los rendimientos dinerarios de actividades económicas de aquellas facturas registradas con retención profesional.
Dentro del informe, en el apartado Rendimientos dinerarios de actividades económicas, se encuentra un icono, que puedes seleccionarlo.
Al activarlo, se muestra una ventana donde comprobarás todas las facturas incluidas en la liquidación.
Rendimientos dinerarios del trabajo
TS Delsol Reviso actualmente no dispone de un módulo adicional para la gestión laboral donde introducir las retenciones de los trabajadores.
Por este motivo, en el informe está activado el apartado Rendimientos dinerarios del trabajo (introducir manualmente).
Así, cuando lo necesites, podrás incluir manualmente el número de perceptores, el importe de percepciones y la cifra de retenciones de los trabajadores de tu empresa, para poder exportar el fichero con toda la información a la AEAT.
Presentación del modelo 111 y del modelo 190 en la Agencia Tributaria
Una vez configurado el modelo, encontrarás en la parte superior del mismo las opciones para exportarlo a PDF y Excel, además de poder imprimirlo, directamente, desde TS Delsol Reviso.
Adicionalmente, en el desplegable Exportar, se encuentra la opción Modelo oficial. La misma se encuentra habilitada siempre y cuando no incluyas asientos en borrador al calcular la liquidación.
Al seleccionarla, TS Delsol Reviso descargará automáticamente el fichero que necesitas para realizar la presentación en la página de la Agencia Tributaria.
Guarda ese archivo en una carpeta con el nombre de AEAT dentro de tu ordenador, en la carpeta C:, para ayudarte a buscarlo.
Accede en la página de la Agencia Tributaria y dirígete a las opciones de presentaciones de modelos, concretamente a la presentación del modelo 111. Selecciona la opción correspondiente y sube el archivo generado por el programa.
Comprueba que los datos cargados son correctos y firma la presentación.
La presentación del modelo 190 se realiza de la misma manera, filtrando en el desplegable Periodo, la opción Anual y cargando el archivo generado por TS Delsol Reviso, dentro de su apartado en la página de la Agencia Tributaria.
Si al calcular el Modelo 111 y Modelo 190 no se traslada información, revisa el siguiente documento de ayuda R329 - Modelo 111 y Modelo 190 | ¿Por qué no traslada la información a las declaraciones?
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