Las facturas recibidas de interior con inversión del sujeto pasivo (ISP), tienen una particularidad al registrar el asiento, ya que se anota un apunte contable a la cuenta de IVA repercutido (grupo 477) y otro apunte a la cuenta de IVA soportado (grupo 472).
Además, cuando se calcula el modelo 303, se declaran en los correspondientes apartados de IVA Devengado e IVA Deducible.
Para que TS Delsol Reviso registre este tipo de operaciones, hay que crear un código de IVA específico para este tipo de operación.
- Código de IVA para facturas recibidas de interior con ISP
- Declaración de facturas recibidas de interior con ISP en el modelo 303
Código de IVA para facturas recibidas de interior con ISP
Para registrar facturas recibidas de interior con ISP, tienes que crear el siguiente código de IVA.
Concretamente, estos son los campos a tener en cuenta para su correcta configuración.
🔷 Tipo
Selecciona Inversión de Sujeto Pasivo.
🔷 Tipo de tasa
Incluye la opción Otras oper. ISP (no intracom.)
🔷 Tasa (%)
Indica el porcentaje del tipo de IVA que se aplicará en estas operaciones de interior con ISP, para el cálculo del IVA devengado e IVA deducible.
🔷 Cuenta
Busca en tu cuadro de cuentas la cuenta contable que quieras asociar para registrar el apunte de IVA soportado (cuentas del grupo 472).
🔷 Contrapartida
Busca en tu cuadro de cuentas la cuenta contable que quieras asociar para registrar el apunte de IVA repercutido (cuentas del grupo 477).
Declaración de facturas recibidas de interior con ISP en el modelo 303
Cuando se registra una factura recibida de interior con ISP, se añade el importe de la factura en el campo Importe total.
En la línea de la cuenta de gasto, selecciona el código de IVA creado para este tipo de operaciones.
Si despliegas el apartado Cuenta de IVA, podrás comprobar que se anota automáticamente, la cuenta de IVA soportado y la cuenta de IVA repercutido, incluyendo su cuota correspondiente.
Cuando se calcula el modelo 303, la factura se declara dentro del apartado IVA Devengado, en las casillas 12 y 13.
Y dentro del apartado IVA deducible, en las casillas 28 y 29.
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