En TS Delsol Reviso, las facturas de ingresos y gastos se introducirán asociando los Códigos de IVA, en los cuales se detalla tanto el tipo de operación como el porcentaje de IVA, para calcular los impuestos de forma correcta.
No es necesario recordar la cuenta contable de IVA cada vez que se registre una factura; simplemente puedes elegir el código de IVA donde está predefinida por defecto.
A continuación puedes ver un vídeo de ayuda de nuestro canal de YouTube.
En este artículo se explica la creación de los Códigos de IVA y cuál utilizar, dependiendo el tipo de operación.
Creación de los códigos de IVA
Las configuraciones predeterminadas de TS Delsol Reviso incluyen por defecto un listado con los Códigos de IVA más comunes.
Para gestionar estos Códigos de IVA, accede al icono Todas las configuración > grupo Finanzas > opción Códigos de IVA.
En la siguiente ventana, selecciona la opción Nuevo código de IVA, que se encuentra en la parte superior del listado.
Se abrirá una ventana donde podrás completar los datos del nuevo código de IVA.
Te detallo cada uno de estos campos al crear la ficha.
🔷 Tipo
Elige el tipo de operación , ya sea para compras (IVA Deducible/Soportado), ventas (IVA Devengado/Repercutido) u operaciones con Inversión del sujeto pasivo.
🔷 Tipo de tasa
Selecciona la tasa correspondiente acorde al tipo de operación predefinido anteriormente, como puede ser una operación de bienes, servicios o importaciones.
Recuerda que, según el tipo de tasa que escojas, la operación se declarará en un apartado u otro del modelo 303. Por eso, es importante prestar atención a estos dos primeros campos.
🔷 Código de IVA
En este campo se incluye el código que verás al registrar tus facturas. Te sugerimos elegir códigos que sean fáciles de reconocer, para que identifiques rápidamente a qué operación corresponde cada uno.
El mismo tiene un máximo de 5 caracteres y, una vez guardado, no se podrá modificar.
🔷 Nombre
Escribe el nombre completo que desees asignar a tu código de IVA.
🔷 Tasa (%)
Indica el porcentaje del tipo de IVA que se aplicará en las operaciones cuando uses este código.
🔷 Cuenta
Busca en tu cuadro de cuentas la cuenta contable que quieras asociar para registrar los apuntes de IVA en tu contabilidad, ya sea de IVA soportado (cuentas del grupo 472) o de IVA repercutido (cuentas del grupo 477).
🔷 Contrapartida
Este campo solo se activará en operaciones con Inversión del sujeto pasivo. En estos casos, se realizará un apunte en la cuenta de IVA soportado y otro en la de IVA repercutido, por lo que en este apartado, tienes que añadir la cuenta del grupo 477 correspondiente al IVA repercutido.
🔷 Tipo de exención
Si la operación tiene algún tipo de exención, deberás indicar el motivo de la misma, según corresponda.
🔷 OSS del país (ventanilla única)
Este desplegable se activará para aquellas operaciones de tipo IVA Devengado/Repercutido. Selecciona el país del cliente al que emites la factura dentro del sistema de ventanilla única.
🔷 Acceso
Una vez utilizado el código de IVA en TS Delsol Reviso, no se podrá eliminar. Si prefieres no volver a usarlo y evitar posibles incidencias, puedes utilizar la función de Acceso.
La opción Abierto te permitirá utilizar el código de IVA en cualquier factura o asiento contable. Por otro lado, la opción Bloqueado excluirá el código de IVA de tu listado y no será posible utilizarlo en tus registros.
¿Qué código de IVA tengo que utilizar?
Los campos Tipo y Tipo de tasa son los que determinan la operación a registrar. Según cómo se configuren estos campos, la base y la cuota de IVA se declararán en el modelo correspondiente y en el apartado definido para cada operación.
➡️ Tipo: IVA Devengado / Repercutido
Este tipo se emplea para las ventas o facturas emitidas de bienes o servicios.
🔷 Tipo de tasa
Régimen general: operaciones habituales de venta de bienes o servicios nacionales aplicando el tipo de IVA vigente, que actualmente es del 21% general, 10% reducido, 4% superreducido y 0%.
Entregas intracomunitarias bienes: ventas de bienes a otros países de la Unión Europea.
Recargo de equivalencia: ventas de bienes que incluyen recargo de equivalencia. En estos casos, es necesario indicar tanto el porcentaje de la tasa como el recargo correspondiente, que en este momento es del 5,2% general, 1,4% reducido y 0,5% superreducido.
Entregas intracomunitarias servicios: prestación de servicios a países dentro de la Unión Europea.
Exportaciones: ventas de bienes a países fuera de la Unión Europea.
Oper. no sujetas o ISP sujetas: ventas de operaciones no sujetas por reglas de localización o ventas de operaciones sujetas con inversión de sujeto pasivo. En ambos casos, la tasa de IVA debe indicarse al 0%.
Operaciones interiores exentas: ventas de bienes o servicios nacionales que están exentas de IVA. En estos casos, la tasa de IVA debe indicarse al 0%.
➡️ Tipo: IVA Deducible / Soportado
Este tipo se utiliza para las compras de bienes o servicios.
🔷 Tipo de tasa
Compras nacionales: compras habituales de bienes o servicios nacionales aplicando el tipo de IVA vigente, actualmente 21% general, 10% reducido y 4% superreducido.
Operaciones interiores corrientes: compras generales de bienes o servicios nacionales al tipo de IVA que corresponda, ya sea 21% general, 10% reducido o 4% superreducido.
Operaciones interiores bienes inversión: compras de bienes de inversión (activos o inmovilizados) dentro del país.
Importaciones bienes corrientes: compras de bienes a países fuera de la Unión Europea.
Importaciones bienes inversión: compras de bienes de inversión (activos o inmovilizados) a países fuera de la Unión Europea.
Recargo equivalencia: compras de bienes que incluyen recargo de equivalencia. En estos casos, es necesario completar tanto el porcentaje de la tasa como el recargo correspondiente, que actualmente es del 5,2% general, 1,4% reducido y 0,5% superreducido.
Operaciones interiores exentas: compras de bienes o servicios nacionales que están exentos de IVA. En este caso, la tasa de IVA debe ser del 0%.
➡️ Tipo: Inversión Sujeto Pasivo
Este tipo se aplica en compras de bienes o servicios donde es necesario realizar la inversión del sujeto pasivo, es decir, cuando hay que soportar y repercutir el IVA en la misma operación.
🔷 Tipo de tasa
Adquisiciones intracomunitarias de bienes: compras de bienes a otros países de la Unión Europea.
Adquisiciones intracomunitarias bienes de inversión: compras de bienes de inversión (activos o inmovilizados) a países dentro de la Unión Europea.
Otras oper. ISP (no intracom.): compras de bienes o servicios dentro del territorio español sujetas a inversión de sujeto pasivo.
Adquisiciones intracomunitarias de servicios: compras de servicios a países dentro de la Unión Europea.
Importaciones de servicios: compras de servicios a países fuera de la Unión Europea.
Si estás realizando el envío de las facturas a través del sistema Veri*FACTU, para conocer sus claves, accede al documento R317 - Configuración de códigos de IVA en TeamSystem Delsol Reviso | VERI*FACTU
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