Cumplimentación del modelo 303 en caso de cuotas a compensar de ejercicios o períodos anteriores.
Introducción
En el modelo 303 (autoliquidación de IVA), las cuotas a compensar de periodos anteriores se reflejan actualmente a través de las siguientes casillas:
Casilla 110 – Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores.
Casilla 78 – Cuotas a compensar de periodos anteriores aplicadas en este periodo.
Casilla 87 – Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores.
Estas tres casillas permiten identificar con claridad:
El saldo pendiente procedente de declaraciones anteriores.
El importe que se aplica en la autoliquidación actual.
El saldo que queda pendiente para compensar en periodos futuros.
En este documento veremos un ejemplo práctico de cumplimentación del modelo 303 correspondiente al primer trimestre (1T) —aplicable igualmente a periodos posteriores— en el supuesto de que existan cuotas a compensar procedentes de ejercicios o periodos anteriores.
El proceso cambiaría en el cuarto trimestre o mes 12 en el caso de solicitar devolución en lugar de seguir compensando el importe.
Podemos encontrarnos con varias situaciones al cumplimentar las casillas de compensación:
Importe a ingresar superior a las cuotas pendientes de compensar
Importe a ingresar inferior a cuotas pendientes de compensar
Importe negativo y disponemos de cuotas a compensar
Importe a ingresar superior a las cuotas pendientes de compensar
En este caso la liquidación del trimestre es a ingresar, 1.470,00 euros y tenemos cuotas a compensar de ejercicios anteriores, 470 euros. Estas cuotas a compensar, si están contabilizadas, te muestra directamente al calcular la liquidación.
Informa la cantidad en color rojo, casilla 110. Si la misma es correcta, cumpliméntala manualmente en la casilla correspondiente.
A continuación, cumplimenta el importe de la casilla 78, Cuotas a compensar de períodos anteriores aplicadas en este período con el importe que te estás compensando.
La casilla 87 Cuotas a compensar de períodos previos pendientes para períodos posteriores es calculada.
Al trasladar la información al modelo 303 se muestra la información de esta manera
Para finalizar, al importar el fichero generado a la página de la AEAT del modelo 303 se mostrará así
Importe a ingresar inferior a cuotas pendientes de compensar
También puede suceder que el IVA a compensar sea superior al resultado de la liquidación y por tanto quede IVA a compensar para el siguiente trimestre.
En este caso, el resultado de la liquidación asciende a 1.470,00 euros a ingresar y tenemos IVA a compensar de períodos anteriores por importe de 2.000,00 euros.
En la casilla 110 cumplimentaremos 2.000,00 euros y en la casilla 78, 1.470.00 euros. Quedarán 530 euros de IVA a compensar para el siguiente período.
Al trasladar la información al modelo 303 se muestra la información de esta manera
Para finalizar, al importar el fichero generado a la página de la AEAT del modelo 303 se mostrará así
Importe negativo y disponemos de cuotas a compensar
Un último caso es cuando el resultado de la liquidación es negativo y tenemos IVA a compensar de períodos anteriores.
En el ejemplo el resultado del trimestre es negativo, -1.050,00 euros y tenemos 2.000,00 euros de IVA a compensar del período anterior.
En la casilla 110 cumplimentaremos 2.000,00 euros. La casilla 78 como no hemos estamos compensado cantidad alguna se deja en blanco. En la casilla 87 que es calculada, aparecerá el IVA a compensar del período anterior y el resultado de la liquidación solo reflejará el IVA generado en el período de la liquidación, que es el mismo que se trasladará a la casilla 72 del modelo 303.
Al trasladar la información al modelo 303 se muestra la información en el apartado Resultado de la siguiente manera
Y muestra la información en el apartado Compensación en la casilla 72
Para finalizar, al importar el fichero generado a la página de la AEAT del modelo 303 se mostrará así
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