La autorepercusión del IVA se realiza en los siguientes supuestos:
Adquisiciones Intracomunitarias, de bienes o de servicios.
Adquisición Interior de Inversión de Sujeto Pasivo.
Adquisiciones Intracomunitarias, de bienes o de servicios
En el caso de una Adquisición Intracomunitaria de bienes en la ventana Nuevo registro de I.V.A Soportado en el campo Clave operación indica la opción P – Adquisiciones Intracomunitarias de bienes, en el campo Tipo de operación selecciona la opción Intracomunitario y en el campo Ayuda en el campo selecciona Un tipo de IVA.
Adquisición Interior de Inversión de Sujeto Pasivo
En el caso de ser una Prestación de servicios intracomunitaria, en la ventana Nuevo registro de I.V.A. Soportado, en el campo Clave operación selecciona la opción I - Inversión del Sujeto Pasivo (ISP), en el campo Tipo de operación selecciona Intracomunitario y en el campo Ayuda en el cálculo la opción Un tipo de IVA.
Para registrar una operación interior con Inversión de Sujeto Pasivo, en la ventana Nuevo registro de I.V.A. Soportado, en el campo Clave de operación selecciona la opción I – Inversión del sujeto pasivo, en el desplegable de la opción Tipo de operación selecciona la opción Interior e indica el campo Ayuda en el cálculo.
Importación de servicios
Por último, para registrar una operación de Importación, en la ventana Nuevo registro de I.V.A. soportado, selecciona en el campo Tipo de operación la opción Importación.
Al registrar este tipo de operaciones, para realizar la autorepercusión, pulsa sobre el botón +, que se encuentra en el registro de IVA Soportado junto al campo Total Factura.
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