Cuando un trabajador con contrato fijo discontinuo finaliza un periodo de actividad y posteriormente vuelve a ser llamado para trabajar, no es necesario crear un nuevo contrato. El contrato sigue siendo el mismo y únicamente debe registrarse un nuevo llamamiento a la actividad.
Si al intentar modificar la fecha del contrato el programa indica que el trabajador ya tiene contrato, normalmente se debe a que el contrato ya existe y lo que corresponde es registrar un nuevo llamamiento y volver a dar de alta al trabajador.
Volver a dar de alta al trabajador
Cuando el trabajador se reincorpora a la actividad tras un período de inactividad, se debe volver a dar de alta para que el programa pueda calcular correctamente la nómina.
Para ello, accede a la ficha del trabajador y, en la solapa General, modifica el campo correspondiente al Estado indicando la situación de Alta. Una vez realizado el cambio, revisa también la Fecha de alta e indica la nueva fecha de reincorporación del trabajador.
Una vez informada la nueva situación, el trabajador volverá a figurar en activo durante el período indicado y las nóminas podrán calcularse con normalidad.
Crear un nuevo llamamiento a la actividad
Para registrar el nuevo llamamiento, accede a la ficha del trabajador y entra en la solapa Contratos > grupo Mostrar > icono Llamamientos.
En esta pantalla se muestra el histórico de llamamientos realizados al trabajador. Pulsa el icono Crear un nuevo llamamiento en la barra de herramientas flotante para crear un nuevo registro.
A continuación, indica la información correspondiente al nuevo llamamiento:
Fecha de inicio y Fecha de fin, que determinarán el nuevo período de actividad.
Nº de registro, que puede informarse utilizando la tecla F1 para recuperar el número de contrato registrado en Contrat@.
La casilla El llamamiento se incorpora a la actividad, que aparecerá marcada por defecto cuando el trabajador se reincorpora.
📌 Al guardar el llamamiento, las fechas indicadas se trasladarán automáticamente a la ficha del contrato del trabajador, prevaleciendo siempre las del último llamamiento registrado.Comprobaciones en el contrato del trabajador
El contrato del trabajador no debe modificarse ni crearse de nuevo, ya que se trata del mismo contrato fijo discontinuo.
No obstante, conviene revisar en la ficha del contrato que la Fecha fin contrato no sea anterior a la nueva fecha de fin del llamamiento. Si el contrato continúa vigente y únicamente finaliza el período de actividad, puede dejarse la fecha de fin de contrato sin informar.
⚠️ Se debe tener en cuenta que para poder registrar un llamamiento, el contrato del trabajador debe estar configurado con un código de contrato 300 (fijo discontinuo).
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Para conocer cómo generar el fichero de llamamiento en formato XML, consulta el siguiente artículo.
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