La casilla Imputar el IRPF de atrasos de ejercicios anteriores al ejercicio actual se encuentra ubicada en la cabecera de la ficha de cada convenio.
A continuación se muestran las diferencias existentes entre marcar o desmarcar esta casilla de verificación:
Casilla marcada
Al calcular la nómina de atrasos con esta casilla marcada, el programa va a aplicar el tipo de retención que tenga actualmente el trabajador en su ficha.
En este caso, dichas retribuciones no van a ser consideradas como atrasos por lo que, al generar el certificado de retenciones del trabajador, se reflejarán como un aumento de la retribución del ejercicio al que se refiere dicho certificado.
En este caso, en el fichero de acumulados del trabajador, el aumento de la retribución se verá reflejado de la siguiente forma:
Supongamos una nómina de atrasos calculada en el mes de octubre. El programa sumará en dicho mes tanto el importe abonado como la retención practicada en la nómina de atrasos, aplicando por tanto el mismo tipo de retención que le corresponda al trabajador en el mes en cuestión. En este caso, en el apartado de atrasos no se verá reflejado ningún abono ni ninguna retención.
Casilla desmarcada
Si por lo contrario se deja desmarcada esta casilla, el programa aplicará un 15% de retención al calcular la nómina de atrasos. Por lo tanto, dichas retribuciones aparecerán en el certificado de retenciones del trabajador como atrasos correspondientes a ejercicios anteriores.
En el fichero de acumulados del trabajador se verá reflejado de la siguiente forma:
En el apartado de atrasos aparecerá el importe bruto de la nómina de atrasos y la retención practicada, que en este caso siempre será del 15%.
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